A Mercosur y Estados Asociados
Países Mercosur y Estados Asociados: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Bolivia, Chile, Perú, Colombia y Ecuador.
Presentar en la Dirección Nacional de Migraciones:
Los documentos a presentar constan de 2 partes: obtenidos en el país de origen y en Argentina
País de origen:
1. Identidad: la identidad se acredita con el Pasaporte, Cédula de Identidad o Certificado de Nacionalidad (expedido por la respectiva representación consular autorizada del país de origen en la República Argentina) vigente.
2. Antecedentes penales: Si fuere mayor de dieciséis (16) años al momento de su ingreso al Territorio Argentino certificado de carencia de antecedentes penales de su país de origen o de los países donde haya residido los últimos tres (3) años, legalizado o apostillado, expedido por la Policía Nacional/Federal.
3. Autorización para Radicarse (menores de 18 años de edad) – El extranjero que al momento de su ingreso al Territorio Argentino sea menor de edad según la legislación de su país de origen, deberá presentar la correspondiente autorización para viajar y obtener residencia en la REPUBLICA ARGENTINA.
Argentina:
1. Ingreso: Se acredita mediante el sello colocado por la autoridad migratoria en el Pasaporte o en la Tarjeta de Ingreso.
2. Certificado de carencia de antecedentes penales en la República Argentina, expedido por la Policía Federal Argentina o por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. ($30,00)
3. Declaración Jurada de Domicilio
a. Abonar un sellado en el banco $5 a nombre de la Policía.
b. Alumno interno: pedir constancia de alumno interno en Bienestar Estudiantil.
c. Alumno externo: ir a la Policía con 2 testigos que no sean familiares, mayores de 18 años, de nacionalidad argentina.
4. Abonar la tasa retributiva de servicios establecida en la normativa vigente. A la fecha $300 (trescientos), sujetos a las disposiciones de la Dirección Nacional de Migraciones.
5. 1 foto carné 4x4, fondo blanco.
Toda documentación redactada en idioma extranjero (excepto portugués), deberá ser traducida y certificada por el Colegio de Traductores Públicos en Argentina.
El beneficio migratorio a otorgar será una residencia temporaria por dos (2) años, renovable al final del período.
Última actualización: 06/03/2012

